Las normas que reprimen la competencia desleal en nuestro ordenamiento jurídico tienen como objetivo tutelar el proceso competitivo sancionando los comportamientos contrarios a la buena fe empresarial.
En ese sentido, son sancionables los actos de explotación indebida de la reputación ajena, los cuales se manifiestan a través del aprovechamiento indebido de la imagen, el crédito, la fama, el prestigio o la reputación empresarial o profesional que corresponde a otro agente económico.
Al respecto, nuestra área de Consumo y Competencia ha preparado la siguiente infografía. LINK